Contrato de trabajo

Laboralmarzo 5, 2023

El contrato de trabajo es un documento en el que se recoge el acuerdo entre el empresario o empleador (persona física o jurídica) y el trabajador en el que se especifican las actividades que el trabajador llevará a cabo para el empleador a cambio de una contraprestación económica (salario), así como los derechos y obligaciones de las partes durante el tiempo de duración del contrato.

En España, el contrato de Trabajo se rige por la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre).

El contrato laboral puede celebrarse de forma oral o escrita. Se entiende que hay un contrato de trabajo cuando existe un acuerdo entre trabajador y empleador para la prestación de servicios a cambio de una retribución económica.

De entre los tipos de contrato de trabajo, los de prácticas, formación y aprendizaje, tiempo parcial, de relevo, fijo discontinuo, de inserción y los contratos de obra y servicio deben celebrarse siempre por escrito. En caso contrario, se entenderán como celebrados a tiempo indefinido y a jornada completa.

¿Quén puede ser empleador?

Puede ser empleador cualquier persona jurídica o persona física mayor de edad en plenas capacidades para ejercer como tal. Las personas físicas entre 16 y 18 años solo pueden contratar si viven en un domicilio distinto al de sus padres y cuentan con autorización de su tutor legal para ejercer como empresario.

¿Quién puede ser contratado?

Puede firmar un contrato de trabajo cualquier persona mayor de 16 años siempre que no estén privados para ello mediante sentencia judicial. Sin embargo, los menores de 18 años no podrán realizar trabajos en jornada laboral nocturna (de 22:00 a 06:00 horas), horas extras ni ejercer su labor en puestos nocivos que puedan afectar a su desarrollo madurativo.

Los menores de 16 años no podrán trabajar en ningún caso excepto para participar en espectáculos públicos, siempre con autorización de sus padres o tutores legales y cuando su participación no resulte peligrosa para su integridad física o moral.

Partes del contrato de trabajo

El contrato debe ser firmado por las dos partes y presentado en la oficina del SEPE correspondiente. Debe recoger al menos los siguientes datos:

  • Datos identificativos de empresa y trabajador
  • Fecha de firma del contrato y del inicio de la relación laboral
  • Duración del contrato
  • Tipo de contrato
  • Objeto del contrato, en el que se recoge la categoría profesional del empleado y la tarea que va a desempeñar en la empresa
  • Lugar del centro de trabajo
  • Horario laboral
  • Período de prueba (si lo hubiera)
  • Duración de las vacaciones
  • Convenio aplicable
  • Remuneración económica y remuneración es especie, si fuese el caso

Derechos del trabajador

El contrato de trabajo implica una serie de derechos para el trabajador, que a su vez se convierten en obligaciones para el empleador.

  • Derecho a la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo.
  • Derecho a formación profesional y a la promoción en el trabajo.
  • Derecho a no ser discriminado para el empleo o una vez empleados por cualquier razón de sexo, edad, raza, estado civil, religión, orientación sexual o lengua. Tampoco podrán ser discriminados por discapacidad siempre que contasen con la aptitud para realizar el trabajo para el que han sido contratados.
  • Derecho a la integridad y a la protección de seguridad e higiene en el trabajo necesaria para desarrollar su actividad.
  • Derecho al respecto de su intimidad y dignidad.
  • Derecho a percibir en tiempo y forma la remuneración pactada o marcada por ley.

Deberes del trabajador

El contrato laboral implica también una serie de obligaciones para el empleado. Se pueden resumir en:

  • Cumplir las obligaciones derivadas del puesto de trabajo y actuar siempre de buena fe con la empresa.
  • Cumplir con las medidas de seguridad exigidas en el puesto de trabajo: equipamiento, precauciones, protocolos.
  • Cumplir con las indicaciones proporcionadas por los superiores.
  • Contribuir a la mejora de la productividad de la empresa.
  • Otras obligaciones que se deriven del puesto de trabajo.

 

Ver también:
Contrato de empleada de hogar
Contrato de trabajo indefinido
Contrato de obra y servicio
Despido improcedente

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