Contrato empleada hogar

Laboralmarzo 5, 2023

Las empleadas de hogar cuentan con un sistema especial dentro del Régimen General de la Seguridad Social tanto para las trabajadoras a tiempo completo como a tiempo parcial. El contrato de trabajo de empleada del hogar se debe formalizar siempre por escrito excepto en el supuesto de que la relación laboral dure menos de 4 semanas consecutivas, cuando podrá formalizarse de palabra. El empleador es el responsable de incluir y pagar las cuotas a la Seguridad Social de la empleada.

Si la empleada de hogar se empleara menos de 60 horas mensuales en un domicilio, ella y el empleador podrán acordar que sea la empleada la encargada de ingresar las cuotas a la Seguridad Social y todos los trámites de afiliación, altas y bajas que se produzcan durante la vigencia de la relación económica. Si ésta se terminara, el empleador podrá comunicarlo y dar de baja el contrato en la TGSS, ya que de lo contrario será responsable de las cuotas no satisfechas.

Alta del contrato de empleada doméstica

Para dar de alta un contrato de empleada de hogar, hay que presentarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social y facilitar los datos de ambos, así como los datos relativos a la jornada laboral o el número de horas trabajadas a la semana y el salario que se satisfará mensualmente. Así mismo, se facilitará una cuenta corriente donde se domiciliarán los recibos de la cotización. La cuenta de domiciliación será siempre del empleador excepto si el contrato es de menos de 60 horas mensuales, en cuyo caso se podrá domiciliar en la cuenta de la empleada si así lo hubiesen acordado.

Trámites

  1. Solicitar el Código de Cuenta de Cotización (CCC). Se debe rellenar el modelo oficial. La primera vez que se solicita el CCC, debe rellenarse el modelo TA-0138 Hogar
  2. En los nuevos contratos se debe dar de alta a la trabajadora como empleada de hogar con el modelo TA.2/5-0138. En este modelo se recogen los datos del contrato de trabajo, incluyendo la retribución mensual, semanal o por horas que percibirá la trabajadora.
  3. Si la jornada de la trabajadora no supera las 60 horas mensuales, puede acordar con el empleador encargarse de los trámites de afiliación (utilizando el modelo TA.2/T). En este caso, el empleador podrá solicitar la baja cuando termine la relación laboral entre ambos. El empleador debe acreditar el abono de las cantidades para el pago de las cuotas de la empleada.

Desde el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social pueden descargarse modelos de contrato con todos los datos necesarios para el alta, tanto para contratos a tiempo completo como a tiempo parcial. Estos contratos ofrecen un período de prueba de hasta dos meses de obligado cumplimiento por ambas partes, si bien cualquiera de las partes puede resolverla con un preaviso de hasta siete días.

Documentos
Modelo oficial de contrato indefinido de empleada de hogar
Modelo oficial de contrato de duración determinada

Extinción del contrato de empleada de hogar

El contrato de empleada del hogar puede extinguirse pasados los dos meses de prueba. El cese puede producirse por ambas partes: renunciadesistimiento del empleador o despido por causas disciplinarias, entre otros.

El desistimiento del empleador puede producirse en cualquier momento siempre que se comunique al trabajador con 7 días de antelación si la relación laboral es menor a los 12 meses o 20 días de antelación si la es mayor. El empleador debe indemnizar al trabajador con 12 días por año trabajado con un límite de 6 mensualidades. Si el desistimiento no se comunica por escrito se convertirá en despido, en cuyo caso la indemnización será de 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades.

Terminada la relación laboral, el empleador deberá comunicar y tramitar la baja en la Seguridad Social antes de 6 días naturales.

Contrato

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Ver también:

Contrato de trabajo indefinido
Contrato de obra y servicio
Carta de baja voluntaria
Contrato temporal

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